Buenas prácticas

1. Normas éticas y declaración de buenas prácticas

La REVISTA PROPIEDAD INTELECTUAL E INNOVACIÓN DIGITAL (RPIID) publica trabajos científicos y de interés y trascendencia práctica asumiendo un firme compromiso con el cumplimiento de los estándares éticos y buenas prácticas. El Consejo de Redacción es responsable de determinar y mantener las siguientes normas en el proceso de selección y aceptación de contribuciones remitidas y se comprometen a velar por la ética y la calidad científica, académica y utilidad práctica de la revista, con la colaboración del Comité Científico Internacional.

2. Obligaciones de los autores

Los autores de los artículos deberán respetar las obligaciones, así como cumplir las instrucciones contenidas en los apartados anteriores.

Los autores se comprometen a presentar manuscritos que no estén sujetos a consideración o que hayan sido enviados previamente a otras publicaciones, y a someterlos a un proceso anónimo de revisión.

La investigación debe haber sido desarrollada de acuerdo con estándares éticos. Ha de incluirse en la publicación la suficiente información que permita la réplica académica.

En el caso de que los autores hayan utilizado el trabajo y/o fragmentos de otros, estos deben ser citados. Se tendrá muy en cuenta la normativa sobre plagio, que, además, forman parte de estas buenas prácticas.

No es adecuado que un autor remita más de un trabajo en los que se describa una misma investigación, a menos que se trate de una remisión de un artículo rechazado para su publicación en otra revista.

En caso de conocer un error fundamental o una imprecisión relevante en los trabajos ya publicados, los autores deben comunicarlos a la revista.

3. Obligaciones éticas de los editores

El Consejo de Redacción, con la asistencia del Comité Científico Internacional, y el Editor deben velar por asegurar la calidad científica y académica de la Revista y su utilidad práctica. Todos ellos respetarán la independencia intelectual de los autores y considerarán todos los originales remitidos para su publicación, valorando cada una de las contribuciones de forma objetiva. El Consejo de Redacción, con la asistencia del Comité Científico Internacional, es el responsable de garantizar a autores y evaluadores externos que los manuscritos sean sometidos a un proceso de revisión anónimo. La decisión última y la responsabilidad sobre la aceptación o rechazo de un original recaerá en el Consejo de Redacción, con la asistencia, en su caso, del Comité Científico Internacional.

Es obligación del Consejo de Redacción, con la asistencia, en su caso, del Comité Científico Internacional seleccionar a los evaluadores externos, que serán escogidos por razón de su prestigio, conocimientos y experticia en el tema del manuscrito, los cuales valorarán la calidad científica o la utilidad práctica de los trabajos remitidos a la revista. No obstante, los trabajos pueden ser rechazados para su publicación sin revisión externa si, a juicio del Consejo de Redacción, el trabajo es inapropiado para ser publicado en la revista. Esta decisión deberá basarse en la inadecuación del trabajo al contenido y las líneas de investigación de la revista, la ausencia de actualidad o de suficiente interés, la incorrección formal, o cualquiera otra razón relacionada con el ámbito de la revista. Los artículos, por tanto, se valorarán únicamente con fundamento en su contenido, con independencia de intereses comerciales y sin discriminación hacia el autor.

El editor o editora en jefe debe comunicar el resultado de los informes de valoración a los autores sin revelar ningún tipo de información acerca de la identidad de los revisores, pero informarán acerca de los criterios utilizados por estos a la hora de evaluar el trabajo para su publicación.

Los miembros del Consejo de Redacción, del Comité Científico Internacional y el editor no deben revelar información sobre un original sometido a consideración a nadie más que aquellos a quienes se solicite la realización de la evaluación externa.  La confidencialidad debe ser protegida en todo caso durante el proceso de revisión. Los miembros del Consejo de Redacción, del Comité Científico Internacional y el editor se abstendrán de participar en la evaluación y cualquier otro proceso editorial que incluya manuscritos en caso de tener algún conflicto de interés a causa de una posible relación competitiva, de colaboración o de otro tipo con cualquiera de los autores del manuscrito presentado.

La información no publicada, los argumentos o las interpretaciones contenidas en un original remitido a la revista no podrán ser utilizados en investigaciones desarrolladas por los editores.

4. Obligaciones de los evaluadores externos.

Los evaluadores externos tienen el deber de valorar de forma objetiva la calidad de los originales, así como su originalidad, haciendo hincapié en el mantenimiento de la calidad y los estándares científicos. Los evaluadores externos ayudan al Consejo de Redacción, al Comité Científico y al   editor en la toma de decisiones y pueden asistir a los autores en la mejora de los trabajos.

El evaluador advertirá al Consejo de Redacción y al editor de cualquier similitud sustantiva entre el manuscrito bajo revisión y cualquier artículo o manuscrito similar enviado o publicado en cualquier otra revista o editorial.

Los evaluadores deben actuar de forma adecuada, remitiendo su informe de valoración en el plazo establecido, aún de modo aproximado. Cuando un evaluador propuesto considere que no es la persona idónea o apta para valorar de la investigación presentada o que sepa que no será posible cumplir los plazos para la revisión, deberá notificárselo al Consejo de Redacción y excusarse tan pronto como sea posible.

Los evaluadores deben considerar un original sometido a evaluación como un documento confidencial. Nunca deberá ser mostrado o discutido con terceros, salvo en casos excepcionales en los que podrá consultarse a personas que puedan asesorar científica o académicamente; en estos supuestos, las identidades de las personas consultadas deben ser reveladas al Consejo de Redacción. 

5. Correcciones y retractación

En caso de reconocer algún dato o información publicado en la revista como falso, erróneo, engañoso o fraudulento, el Consejo de Redacción y los editores deberán informar a los autores de estas circunstancias y esperar una respuesta de estos antes de tomar una decisión editorial. En caso de no quedar satisfechos con la respuesta o si no hay ninguna, podrán decidir retractarse de lo publicado previa consulta al Comité Científico Internacional.

La REVISTA PROPIEDAD INTELECTUAL E INNOVACIÓN DIGITAL (RPIID) atenderá cualquier reclamación y queja sobre los contenidos publicados a través del correo electrónico. Los editores se comprometen a hacer un seguimiento y proceder a la revisión y, en su caso, retractación si estos son necesarios, previo acuerdo del Consejo de Redacción.

Cuando proceda una retractación o una corrección de lo publicado en la revista, los editores se guiarán por los principios contenidos en las Guidelines for Retracting Articles del Committee on Publication Ethics (COPE).